D.________________________, con N.I.F __.___.___-X, como Presidente de la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica, actuando también en representación de la Plataforma para la Defensa de Gistreo, de la Asociación para el Estudio y Protección de la Naturaleza URZ, de Ecologistas en Acción de la provincia de León, de GEDEMOL, de la Asociación Tyto Alba y de la Asociación Filón Verde, con domicilio único, a efectos de notificaciones, en el apartado de correos ___ de Oviedo (C.P. 33080),
como complemento a la reciente solicitud de 28 de julio de 2009 en la que le informábamos de la previsible puesta en marcha de las obras de los parques eólicos de La Cepeda y del Bierzo Alto, quiere poner en su conocimiento que con gran diligencia éstas han dado comienzo, al menos y a fecha de hoy, en los parques eólicos “Valdesamario” y “Espina”.
En el caso del parque eólico “Valdesamario”, las máquinas comenzaron a trabajar el mismo día 1 de agosto, sábado. La sorpresa ha sido que en una visita a la zona, el domingo 2 de agosto, la actividad era frenética: numerosa maquinaria pesada trabajaba a pleno rendimiento en el ensanchamiento de los caminos de acceso y en las explanadas para el asentamiento de los aerogeneradores (véase ANEXO FOTOGRÁFICO).
También queremos poner en su conocimiento la noticia aparecida en la prensa de hoy martes 4 de agosto de 2009, que recoge la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el mismo sentido en el que nosotros solicitábamos de esa Fiscalía el pasado 28 de julio (véase ANEXO PERIODÍSTICO).
Por todo lo expuesto y
a sabiendas de que tanto los parques eólicos que han comenzado sus obras, como todos los demás parques proyectados en las comarcas de Omaña, La Cepeda y Bierzo Alto adolecen de los mismos “errores” (cuando no ilegalidades) que los cometidos en el parque eólico Murias II (fragmentación de proyecto y afección a especies en “peligro de extinción”), y
a sabiendas de que una vez realizadas las obras, un pronunciamiento judicial que sancione la ilegalidad del procedimiento de autorización de los mismos, tendrá escaso efecto ya que el daño ambiental se habrá consumado,
SOLICITA
De esa FISCALÍA la mayor diligencia a la hora de adoptar la solicitud de PARALIZACIÓN CAUTELAR de la ejecución de las obras de todos los parques eólicos referidos en la anterior solicitud.
León a 4 de agosto de 2009
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